Opinión

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ROGELIO HERNÁNDEZ LÓPEZ

SemMéxico

 

Gabriel Sosa Plata, uno de los conocedores más notables de su ramo, dedicó un artículo muy crítico a la reforma reciente de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Ahí anticipó que las audiencias padecerán, en los hechos, una mengua de sus derechos constitucionales porque los legisladores despojaron de facultades al órgano regulador; advirtió además, que el periodismo sufrirá más distorsiones porque se propiciará más aún la publicidad disfrazada de noticia.

El texto del profesor Sosa Plata lo tituló “Derecho a distorsionar el periodismo”. Y sus argumentos principales, a juicio de este reportero, son:

“... se enterró por ahora la posibilidad de que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) pueda tutelar los derechos de las audiencias al eliminar los legisladores casi todas sus atribuciones en este ámbito.

“Tampoco el órgano regulador podrá verificar si la defensora o defensor de las audiencias elegido por el concesionario cumple los requisitos de ley y se encuentra o no en conflicto de interés con los dueños o directivos de la emisora de radio y televisión. Todo quedará, como ya se ha dicho, en la autorregulación.

Más distorsión

“Con la nueva redacción de la ley –anticipa Sosa Plata– será más fácil violar la prohibición constitucional (Artículo sexto) de transmitir publicidad o propaganda como información periodística o noticiosa. Una decisión así vulnera no sólo los principios éticos del periodismo y el derecho a la información de la ciudadanía, sino también tiene un impacto en la democracia, al privilegiar, con base en el dinero, a determinados actores políticos o sociales como centro de la ‘noticia’ ”.

“Pagar por tener presencia en los noticiarios o en otros espacios periodísticos, distorsiona, además, los equilibrios informativos, reduce las posibilidades para el acceso de otras personas o grupos como fuentes de información y pretende pintar un panorama distinto a la realidad”.

(Texto completo en //www.sinembargo.mx/31-10- 2017/3340731)

¿Y si mejor se interviene el mercado?

No pretendo discrepar con tan ilustre experto. Más bien aportar lo que a mi modesto juicio es el problema de fondo, el modelo mercantil del sistema de comunicación social prevaleciente en México y sus contradicciones, mismas que no podrán diluirse (ni siquiera un poco), sólo con una ley tan específica como esta de las telecomunicaciones. 

La contradicción principal del actual modelo de comunicación social mexicano es la concentración de medios en cada vez menos propietarios, lo que conlleva al acaparamiento del gasto publicitario, la incautación de la información de interés público, la hiper mercantilización de las noticias y, por supuesto, mayor control de la agenda de comunicación social del gobierno federal y de los gobiernos estatales. 

Este modelo, paradójicamente, se ha sobrerregulado en las dos décadas recientes: es decir, existen demasiadas leyes que apuntan a distintos destinos, pero no al principal, que es el tipo de mercado de la información.

Lo que debe modificarse es el mercado con medidas económicas de fondo y, por supuesto, reordenar la actual sobrerregulación. Desde hace tres décadas se abre paso en la práctica la propuesta del abogado y periodista Miguel Ángel Granados Chapa de reconocer un nuevo sujeto económico, ya muy extendido: los medios de prensa no lucrativos.

En un ensayo de este reportero que difundió la Revista Mexicana de la Comunicación, de la UAM Cuajimalpa, se retomó esta idea cardinal del columnista hidalguense y se recreó la propuesta de que un nuevo sujeto económico, tutelado por el Estado, sí reconformaría al modelo actual.

(http://mexicanadecomunicacion.com.mx/rmc/2016/03/14/prensa-no- lucrativa/).

Ese nuevo sujeto económico, los medios de prensa no lucrativos, sería el nuevo actor legal en el mercado. Lo conformarían los medios públicos, los medios sociales y comunitarios estructurados en más de 56 sistemas de radio y televisión pública en la Red Nacional de Radiodifusoras y Televisión Educativas y Culturales, de acuerdo a un estudio acucioso de la industria (Gómez & Sosa Plata, 2013) y además los periódicos digitales e impresos producidos por asociaciones no lucrativas de periodistas que, según un cálculo empírico, ya rebasan los 2 mil 500.

Con ese nuevo actor económico se podría sentar las bases para redistribuir la propiedad de los medios, desconcentrar la oferta informativa, equilibrar el mercado y el gasto publicitario, además, facilitaría ordenar el abigarramiento legislativo. Esto significaría estimular un nuevo modelo de relación Prensa-Estado para equilibrar un poco más la información de interés social hoy ampliamente distorsionada con la
propaganda disfrazada de noticia.

Esos medios de comunicación, que no buscarían como objetivo esencial el beneficio financiero –según la idea cardinal de Granados Chapa– tendrían entre otras las siguientes facilidades: el otorgamiento de créditos blandos para su instalación u operación básica, subsidios en la importación de equipos y materiales; créditos para la adquisición de papel; tarifas postales y de transportación aérea y terrestre preferenciales; régimen tributario especial, etcétera.

Además, quedarían autorizados para generar ingresos propios, incluso por publicidad, amén de patrocinios y de los presupuestos que les correspondan por su pertenencia a instancias gubernamentales. Sus ingresos han de servir para su funcionamiento, no para generar utilidades. Su régimen fiscal, por lo tanto, eximiría a estos medios del impuesto sobre la renta.

“A cambio de ello, el compromiso de los medios no lucrativos consistiría en ejercer la responsabilidad social de la prensa, al margen de las utilidades, que sólo le serían permitidas a condición de reinvertirlas. Las reglas destinadas a la prensa no lucrativa podrían establecer un límite (tentativamente del 30%) del espacio destinado a publicidad, o mayor tratándose de anuncios no comerciales”.

Quizá convenga repensar ahora en una ley general de medios de difusión donde se declare a la información como de interés público, se reclasifique el régimen de propiedad en privados lucrativos y a los no lucrativos (públicos, sociales y de asociaciones civiles); una ley para todo el país que norme y transparente el gasto público publicitario, que especifique derechos y obligaciones para todos los medios. 

Y en el caso de los no lucrativos de asociaciones comunitarias y civiles, que partan de la base de acotar sus plantillas de personal a 20 personas o menos. Y hasta se podría darles preferencia presupuestal y publicitaria si cuentan con propuesta editorial profesional, de cercanía con sus poblaciones o coberturas especializadas (como ya ocurre con publicaciones culturales) y que, obligatoriamente cuenten con códigos de ética y defensores autónomos de la información y de los públicos, como se pretende que tengan hoy sólo los radiodifusores.

¿Qué le parece maestro Sosa Plata?

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