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TJEEZRatifica regidurías "pluris" a candidatos independientes

Al ex candidato a gobernador y Morena, por actos anticipados de campaña

La aspirante priista Elizabeth Bugarín cometió actos indebidos de campaña

 

En sesión pública, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (TJEEZ) resolvió tres procedimientos especiales sancionadores promovidos por el PRI y Morena en contra de diversos candidatos y partidos políticos por presuntas infracciones a la ley electoral, y un recurso de revisión promovido por Morena en contra del acuerdo ACG-IEEZ-076/VI/2016, emitido por el IEEZ a través del cual realizó nuevamente la asignación de regidores de representación proporcional tomando en cuenta el 3% de la votación municipal emitida de candidatos independientes.

Al respecto, el pleno determinó confirmar el acuerdo impugnado pues consideró que dicho acuerdo se emitió en cumplimiento de una sentencia del Tribunal, por lo que el derecho de Morena para inconformarse del criterio de realizar nuevamente la asignación de regidores de representación proporcional precluyó, al no haber impugnado ante la instancia federal la sentencia del Juicio ciudadano TRIJEZ-JDC-192/2016 y acumulados.

Por otro lado, de entre los procedimientos especiales sancionadores se resolvió el promovido por el PRI en contra de David Monreal Ávila, Andrés Manuel López Obrador, Ricardo Monreal Ávila y el partido político Morena por la presunta comisión de actos anticipados de precampaña y campaña, uso indebido de recursos públicos y expresiones religiosas.

Al respecto el pleno determinó la existencia únicamente de los actos anticipados de campaña, atribuibles a David Monreal Ávila y Morena, en cumplimiento a la ejecutoria emitida por la Sala Superior del TEPJF, aplicándoles las sanciones correspondientes.

Finalmente, también se resolvió el Procedimiento Especial Sancionador promovido por Morena en contra de Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortes, entonces candidata a diputada por el principio de mayoría relativa por el distrito XIV, postulada por la coalición “Zacatecas Primero”, por la supuesta entrega de materiales utilitarios no textiles mediante una rifa y la utilización de expresiones de carácter religioso.

Los magistrados determinaron declarar inexistente la violación correspondiente a la utilización de expresiones religiosas atribuidas a Bygarín, pero declararon existente la violación correspondiente a la entrega de artículos no textiles en un acto de campaña en Juchipila, pues las pruebas aportadas por el actor fueron suficientes para comprobar la infracción, por lo que el TJEEZ) impuso una amonestación  pública a la entonces candidata y otra amonestación por culpa invigilando a los partidos PRI y PVEM integrantes de la coalición “Zacatecas Primero”.

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