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sesion comisionadosLos comisionados en funciones resolvieron denuncias ciudadanas contra ambos municipios

“Dar a conocer el currículum vitae de los funcionarios es parte de justificar que se tiene la capacidad para ejercer el cargo que ostentan” coincidieron los Comisionados Fabiola Torres Rodríguez y Samuel Montoya Álvarez al instruir a los ayuntamientos de Apozol y Apulco que publiquen información curricular de sus alcaldesas en la Plataforma Nacional de Transparencia.

Los Comisionados del Instituto Zacatecano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IZAI) resolvieron en sesión ordinaria de Pleno dos denuncias contra dichos municipios derivadas de que un ciudadano advirtiera que no cumplen con la obligación de publicar en la Plataforma Nacional de Transparencia el currículum vitae de la presidenta municipal.

Fabiola Torres Rodríguez, Comisionada Presidenta y ponente del caso contra el municipio de Apozol, resaltó que el organismo garante realiza verificaciones cada año a los portales de obligaciones de transparencia, sin embargo es importante la denuncia ciudadana cuando se detecta que un sujeto obligado incumple con la información pública.

“Esta obligación de transparencia se establece en el artículo 39 fracción 17 de la Ley de Transparencia local, y no hay excusa para no cumplir con ella, ambos municipios han sido omisos aún después de que se les notificó la denuncia” señaló.

Por su parte el Comisionado Samuel Montoya Álvarez, ponente de la denuncia contra Apulco, agregó que este municipio ha cargado sólo un 65.71% información curricular de su alcaldesa, por lo que deberá cargar los datos restantes a fin de que la ciudadanía pueda consultarlos.

El Pleno hizo un llamado atento a los titulares de los municipios y a quienes encabezan sus unidades de transparencia, ya que las omisiones deberán ser subsanadas. Por lo anterior, declararon fundadas ambas denuncias e instruyeron a que en un máximo de 15 días se publique la información.

En la sesión ordinaria también se resolvieron cinco recursos de revisión contra los ayuntamientos de Saín Alto, Villa de Cos, la Coordinación General Jurídica, la Secretaría de Gobierno y la Junta de Conservación y Protección de Monumentos y Zonas Típicas del Estado.

En los casos contra Saín Alto y Villa de Cos, bajo las respectivas ponencias de Torres Rodríguez y Montoya Álvarez, se instruyó a los municipios modificar sus respuestas y entregar información sobre sueldo mensual del alcalde y número de documentos expedidos con cobro por parte del municipio.

En tanto, las inconformidades contra la Coordinación General Jurídica y la Secretaría General de Gobierno, derivaron de solicitudes similares respecto al reglamento de transparencia y acceso a la información pública de cada sujeto obligado. En ambos casos los Comisionados instruyeron que se entregue la información al ciudadano solicitante y, en caso de no contar con ella, emitan el acuerdo de inexistencia avalado por su Comité de Transparencia.

Finalmente, se declaró fundado el recurso de revisión contra la Junta de Conservación y Protección de Monumentos y Zonas Típicas del Estado, y el IZAI hará llegar al solicitante la información que requirió en su petición sobre antecedentes históricos de un inmueble ubicado en el municipio de Guadalupe.

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