Capital

votounanimeMaltrato a espacios de la ciudad merecerá multas y sanciones, aprueban ediles de Zacatecas

Salvo autorización, no se podrán exceder los 100 decibeles permitidos por la NOM-081-SEMARNAT-1994

Con la aprobación por unanimidad del Reglamento para Uso de Plazas, Plazuelas, Parques y Jardines, el Cabildo de la capital consolida y reafirma uno de los compromisos adquiridos al inicio de la administración 2013-2016 para el mejor funcionamiento de la ciudad.

Para que la ciudadanía conozca dicho Reglamento, el presidente municipal pidió al pleno en sesión extraordinaria, en la que fue aprobado este importante documento que, en cada uno de los espacios públicos se instale un bando, mediante el cual se difundan las cláusulas del mismo, para que los capitalinos las cumplan a cabalidad.

Asimismo, Salazar de Santiago expresó su beneplácito por el seguimiento que dio este Cabildo a uno de los reglamentos más urgentes y necesarios para resguardar los espacios públicos de la capital, que ante la falta del mismo, han resultado con daños durante la realización de eventos públicos, sin haber sido resarcidos.

Fue el presidente de la Comisión Edilicia de Reglamentos e Iniciativas de Ley, Carlo Magno Lara Muruato, quien dio lectura y presentó el dictamen, centrado en preservar el patrimonio tangible e intangible de los espacios públicos del municipio.

Por ese motivo, el regidor enfatizó que era necesario establecer reglas y condiciones para el uso de Plazas, Plazuelas, Parques y Jardines y aclaró que el uso de los espacios se limitará para evitar daños al patrimonio.

Dijo que en atención a la demanda y necesidad de la población, el reglamento permitirá la convivencia con respeto y de forma segura en estos tradicionales espacios de encuentro y recreación, pero sin poner en riesgo el pasado histórico para el disfrute de los zacatecanos y visitantes.

Las plazas, plazuelas, parques y jardines estarán abiertos al público en general durante las 24 horas del día, con excepciones que dicte la autoridad en lugares como la Plaza de Armas, 450 Aniversario, Bicentenario, Candelario Huizar, Santo Domingo y de la Hermandad.

Además de las plazuelas, de la Atarjea, Genaro Codina, Del Moral, De García, Goitia, Miguel Auza, De la Caja, Venustiano Carranza, Del Resurgimiento, Juan Ignacio María de Castorena.

As í como los parques, Del Ete, Enrique Estrada, La Peñuela y El Reventón y los jardines, De la Madre, Independencia, Juárez, Niños Héroes, Azusa, Urizar y ExCruz Roja.

ALGUNAS DISPOSICIONES

En el Reglamento se establece que al realizar cualquier tipo de evento cívico, político, educativo o popular, se deberán cumplir con los siguientes requisitos, sin perjuicio de lo establecido por el Reglamento de Espectáculos Públicos para el Municipio de Zacatecas, el Bando de Policía y demás reglamentación vigente.

Primero, el interesado deberá solicitar por escrito al Ayuntamiento el uso de las instalaciones con una anticipación mínima de 10 días hábiles previos al evento, y el Ayuntamiento por conducto de  la Secretaría de Finanzas emitirá la autorización, o en su caso, la negativa para el uso, a más tardar en tres días hábiles.

En todos los eventos cívicos y educativos que se realicen, deberán incluirse en el programa de actividades, los honores a la Bandera Nacional y la interpretación de la Marcha Zacatecas, conforme a lo dispuesto por las disposiciones legales.

Por su parte, queda estrictamente prohibido realizar actividades como el acceso de cualquier tipo de vendedores ambulantes sin permiso correspondiente, introducción de bebidas alcohólicas, acceso de animales y mascotas sin el resguardo de sus propietarios, quienes se encargarán de retirar y depositar en los cestos de basura las heces de sus mascotas.

Se prohíbe el uso indebido de las fuentes y áreas verdes, tirar basura fuera de los cestos y ensuciar las instalaciones.

Colocar, encimar, anclar o realizar cualquier tipo de instalación de mobiliario o publicidad que dañe la construcción original.

Circular o estacionar cualquier tipo de vehículo dentro de los espacios públicos; realizar cualquier evento sin autorización, y exceder los 100 decibeles permitidos por la NOM-081-SEMARNAT-1994, salvo los eventos que tengan el permiso.

A quienes violenten o no respeten las cláusulas del reglamento, se les aplicarán multas que van de las 10 y hasta las 200 unidades (salarios mínimos), dependiendo de la gravedad del hecho.

Sin embargo, el pago de cualquier multa no exime la responsabilidad de la reparación de los daños efectuados en los sitios históricos.

Al finalizar la sesión de Cabildo, los regidores Yazmín Barrón y Francisco Trejo, expresaron su satisfacción por representar un Ayuntamiento que trabajó arduamente durante los tres años de Gobierno Municipal, demostrando con ello la modernización administrativa e innovación en materia de elaboración de este y otros Reglamentos que marcarán la pauta para las futuras administraciones.

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