Nacional

estancias infantilesA favor de medidas de austeridad y control presupuestal, pero sin violentar derechos humanos

Elda Montiel

SemMéxico, Cd. de México. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) recomendó a la Secretaría de Bienestar, entre otras acciones, se establezca un mecanismo que restituya aquellos derechos violados de niñas y niños, padres y madres, responsables y trabajadoras de estancias infantiles, que fueron afectados al abrogar las reglas de operación del Programa de Estancias Infantiles, vigente hasta el 27 de febrero de 2019.

El organismo pidió, además, que se establezca un instrumento que permita la verificación del uso de los apoyos económicos para los servicios de atención, cuidado y desarrollo integral infantil.

Al emitir la Recomendación 29/2019 a los titulares de las Secretarías de Bienestar y de Hacienda y Crédito Público, de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, y del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia consideró que la publicación de las Reglas de Operación para el Programa de Apoyo para el Bienestar (28 de febrero 2019) se violan diversos derechos humanos de las personas usuarias y beneficiarias de los centros de cuidado y atención integral infantil, debido a la disminución del estándar de protección de los mismos.

Entre las recomendaciones del organismo constitucional autónomo, destaca que la Secretaría de Bienestar deberá actualizar el padrón de niñas y niños beneficiarios del entonces Programa de Estancias Infantiles hasta febrero de 2019, y pagar retroactivamente a las estancias infantiles, el subsidio conforme ese registro, desde la última fecha en que se hayan pagado y hasta aquella en que se emitieron las Reglas de Operación del Programa de Apoyo para el Bienestar.

De igual forma, las Secretarías de Bienestar y de Hacienda y Crédito Público deberán garantizar la progresividad de los derechos humanos en los recursos que deben asignarse, mediante las acciones necesarias de ajustes presupuestales que permitan que el mecanismo de restitución cuente, por lo menos, con un presupuesto igual al que tuvo el Programa de Estancias Infantiles en 2018, ponderando entre las diferentes alternativas, aquella que mejor responda al cumplimiento del interés superior de niñas y niños.

Además, la Secretaría de Bienestar deberá solicitar a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA) y a expertos en los derechos de la niñez, un análisis sobre el funcionamiento e impacto en el ejercicio de los derechos de niñas y niños relacionado con el mecanismo de restitución de derechos que se implemente.

En coordinación con el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, deberá diseñar una política pública nacional que de manera progresiva permita el acceso a todos los niños y niñas en primera infancia a un sistema de cuidados que provea de servicios de atención integral.

Además, a partir de que el Estado ha hecho una inversión considerable en la capacitación y certificación de responsables de estancias, se deberá dar prioridad a quienes hayan acreditado tales circunstancias para la oferta de espacios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil.

Irregularidades en las Reglas de operación para el Programa de Apoyo al Bienestar.

El Organismo Constitucional Autónomo observó que la Secretaría de Bienestar, la SHCP y la CONAMER llevaron a cabo un proceso irregular para la emisión de las Reglas de Operación del “Programa de Apoyo al Bienestar”, en el que destaca la reducción del 50.16 % el presupuesto asignado al Programa de Estancias Infantiles respecto del ejercicio fiscal 2018.

Con lo que incumplen las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y la Ley General de Desarrollo Social que prohíben expresamente la disminución del presupuesto de ese tipo de programas sociales.

Se reportaron irregularidades en los censos realizados por la Secretaría de Bienestar para la inscripción al nuevo Programa.

Los resultados de un censo realizado por los beneficiarios y responsables de estancias infantiles, a través de medios electrónicos, mostraron que al menos seis mil 620 personas menores de edad que eran beneficiarias del Programa de Estancias Infantiles no fueron censadas por la Secretaría de Bienestar para recibir el apoyo del nuevo Programa.

Los cinco estados donde se reportó el mayor número de casos fueron Veracruz, Estado de México, Chiapas, Sonora y Puebla.

Se omitió la fundamentación y motivación, en el marco de protección a los derechos humanos de niñas y niños, para cambiar la modalidad de entrega del subsidio a transferencia económica directa, sin considerar mecanismos de supervisión para garantizar que se destinen exclusivamente a servicios de cuidado y atención integral infantil.

Se utilizaron los recursos que habían sido etiquetados para el extinto Programa de Estancias Infantiles contemplado en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), para la ejecución del Programa de Apoyo al Bienestar, el cual es sustantivamente distinto y no está incluido en el citado presupuesto.

La SHCP emitió la autorización presupuestaria del Programa de Apoyo al Bienestar a pesar de que la Secretaría de Bienestar no entregó el diagnóstico requerido para programas de nueva creación.

No consideró los impactos positivos para las niñas y niños, madres, padres, responsables y trabajadoras de esos centros de atención, cuidado y desarrollo integral infantil, tales como el número de beneficiarios y cobertura geográfica, el incremento del 18 por ciento de la probabilidad de las mujeres de encontrar empleo, la disminución significativa de las probabilidades de que niñas y niños tuvieran un desarrollo global anormal a medida que permanecían por más tiempo en las estancias.

La CNDH realizó la investigación a petición de 204 quejas presentadas por presuntas violaciones a los derechos humanos de cinco mil 340 personas agraviadas y/o quejosas, de las cuales, dos mil 49 son madres y padres, mil 662 niñas y niños, mil 310 responsables de estancias, 117 diputados federales y locales, y 202 personas con otra calidad, sin dejar de advertir el detrimento a la totalidad de los beneficiarios del extinto Programa de Estancias Infantiles.

Los estados de la República que concentraron el mayor número de personas quejosas y/o agraviadas fueron Jalisco con 2,424, Sinaloa con 1,021, Veracruz con 779, y Chiapas con 207.

La CNDH consideró pertinente señalar que este pronunciamiento no pretende inhibir la implementación de medidas de austeridad y control presupuestal, o la investigación de cualquier irregularidad en el manejo de los recursos públicos.

Saluda las medidas para un mejor control del gasto público, investigación y sanción de actos de corrupción, que deben ejecutarse sin vulnerar los derechos de niñas, niños, mujeres, y padres, para evitar que se les prive de la oportunidad de acceder a servicios de cuidado y atención integral infantil, y se afecten sus posibilidades de subsistencia, y desarrollo profesional y personal.

Puntualiza que si bien la seguridad en las estancias infantiles es responsabilidad de quienes prestan esos servicios, corresponde a las autoridades garantizar la supervisión de esos centros y, en su caso, sancionar cualquier incumplimiento de las obligaciones que establece la normatividad aplicable.

Detrás de cualquier daño a la integridad, salud o vida de las niñas y niños en ese tipo de servicios, suele encontrarse, por lo general, la omisión de las autoridades en el ejercicio de sus labores de supervisión y vigilancia.

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