Las personas responsables podrían enfrentar sanciones penales y administrativas: subprocuradora
Sonia Gerth y Angélica Jocelyn Soto Espinosa
Cimacnoticias
Ciudad de México.- La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México investiga a seis personas por la filtración de imágenes y audios en el caso del feminicidio de Ingrid Escamilla, ocurrido el pasado 8 de noviembre en la delegación Gustavo A. Madero.
Así lo anunció en conferencia de prensa la subprocuradora de atención a víctimas del delito y servicios a la comunidad de la FGJCDMX, Nelly Montealegre Díaz, quien aseguró que el asesinato de Ingrid se investigará bajo el protocolo de feminicidio.
La funcionaria agregó que las personas responsables podrían enfrentar sanciones penales y administrativas: “Tenemos un tipo penal, como unas fracciones a la ley de responsabilidades, que establece justamente el deber de cuidados de la información”, informó la funcionaria.
Montealegre Díaz negó que la filtración de datos podría derivar en un problema a la hora de presentar las pruebas en un proceso. “No podría identificar un caso hasta el momento, en el que las filtraciones habrían llevado a la caída de un caso”, dijo Montealegre Díaz. “Tenemos datos e investigaciones periciales, con las cuales estamos sustentando la audiencia inicial.”
La funcionaria anunció que ya se investiga la filtración como parte de la “responsabilidad que tenemos de analizar el acceso a la justicia en los casos de violencia contra mujeres”.
Filtrar información, una práctica en casos de feminicidio
Esta filtración por parte de las autoridades capitalinas sucedió a pesar de la Recomendación 9/2019 que emitió la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHDF) en septiembre pasado.
Esta Recomendación reconoce que se filtra información en al menos tres de cada 10 expedientes correspondientes a feminicidio. Como corroboró la Comisión, los 20 expedientes que abrió de 2016 a 2019 vinculados con feminicidio tenían en común la filtración de información de las investigaciones, lo que es una violación a los derechos de las víctimas.
Los casos más emblemáticos en los que se determinó que la policía o personal de la ahora Fiscalía incurrió en filtraciones fue el de Lesvy Berlín Osorio, asesinada en 2017 en Ciudad Universitaria y que derivó en una disculpa pública por parte del gobierno de la CDMX; y el llamado multifeminicidio de la Narvarte, ocurrido en 2015.
La Recomendación de la CDHDF pide explícitamente a la Secretaría de Seguridad Ciudadana que prohíba a su personal por medio de una circular el uso de teléfonos móviles para capturar o difundir imágenes de las víctimas. Segob omisa ante difusión de imágenes
La responsabilidad de sancionar a los medios de comunicación que difundieron esa imagen escala hasta la Secretaría de Gobernación (Segob), ya que va en contra de los derechos de las mujeres y de las víctimas establecidos al menos en tres legislaciones nacionales.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por ejemplo, señala que es obligación de la Segob sancionar a los medios de comunicación que no promuevan directrices para que los medios de comunicación favorezcan la erradicación de todos los tipos de violencia y se fortalezca la dignidad y el respeto hacia las mujeres.
Asimismo, la Ley Federal de Telecomunicaciones también señala la obligación del Estado de vigilar que la programación que se difunda a través de radiodifusión o televisión y audio restringidos propicie la igualdad entre mujeres y hombres; y promueva el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
Estas responsabilidades también están contenidas en la Ley General de Víctimas. En concreto, esta norma dice que es responsabilidad del gobierno federal vigilar y promover directrices para que los medios de comunicación fortalezcan la dignidad y el respeto hacia las víctimas, y sancionar a quienes no cumplan con ello.
Pero a pesar de estas obligaciones, al cierre de esta edición la Segob a nivel federal no se había pronunciado por el feminicidio de Ingrid ni por la cobertura mediática, así como la filtración y difusión de imágenes y videos contrarios a la dignidad de la víctima.
La filtración y difusión de estas imágenes demuestra que México también incumple sus obligaciones internacionales establecidas en el Capítulo J (mujeres y medios de difusión) de la Plataforma de Acción de Beijing, que este 2020, a 25 años de su creación, será revisada en Chile.
Este lineamiento internacional –obligatorio para México– establece la necesidad de que los gobiernos trabajen para suprimir la proyección constante de imágenes negativas y degradantes de la mujer en los medios de comunicación, sean electrónicos, impresos, visuales o sonoros.
La Plataforma señala en concreto la obligación del gobierno Mexicano de adoptar medidas efectivas, que incluyan normas legislativas, contra la pornografía y la proyección de programas en los que se muestren escenas de violencia contra mujeres y niños en los medios de difusión.
También exige estimular la creación de grupos de control que puedan vigilar a los medios de difusión y celebrar consultas con ellos a fin de velar por que las necesidades y los problemas de la mujer se reflejen en forma apropiada.
En reacción a la difusión de estas imágenes, el colectivo Periodistas Unidas Mexicanas (PUM) emitió un comunicado para condenar las publicaciones y exhortar a periodistas, editores y directores a tomar consciencia de cómo esas conductas mediáticas agravan la violencia de género que vive México. También llamaron a la Fiscalía de la CDMX a investigar con celeridad la filtración de las imágenes y garantizar la no repetición.
20/AJSE/SG/LGL