Se ratificó que se cometió violencia política de género en contra de la síndica Ruth Calderón Babún, a quien se obstaculizaron sus funciones
Las y los magistrados de Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), desecharon la demanda que presentó el alcalde de Zacatecas Ulises Mejía Haro en la que se inconformó por la sentencia de Sala Regional Monterrey, misma que lo inculpó de cometer violencia política de género en contra de la síndica Ruth Calderón Babún, por lo que se confirmó el resolutivo que también emitió en su momento el Tribunal de Justicia Electoral del estado.
Por unanimidad de votos, la y los magistrados de Sala Superior del TEPJF, confirmaron que el alcalde Mejía Haro cometió violencia política de género en contra de la síndica, a quien por el agravamiento de esa causa se le proporcionó custodia policiaca, luego de haber recibido mensajes amenazantes e intimidatorios que llegaron a los más altos tribunales como parte de la denuncia de la funcionaria municipal.
La violencia cometida por el presidente municipal y siete regidores del ayuntamiento capitalino afectó los derechos de la síndica, pues se le limitaron sus facultades, obstaculizaron sus funciones, la invisibilizaron y ejercercieron presión para que firmara documentación, según la pormenorización de la propia síndica.
Por lo tanto, las tres instancias judiciales electorales: el Trijez, la Sala Regional Monterrey y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmaron que Mejía y regidores cometieron violencia política de género, lo cual adquiere el carácter de sentencia firme, definitiva e inatacable, en tanto se agotaron las instancias y no queda ninguna a la cual acudir.
Los efectos a corto plazo que traerá la sentencia son que se debe reintegrar al personal y los recursos materiales que le quitaron a la síndica municipal y el presidente municipal, además de sus colaboradores, deben tomar obligatoriamente un programa de capacitación sobre violencia política de género.
A largo plazo la sentencia podría significar que Ulises Mejía sea inelegible para participar en las elecciones, lo que se declararía al momento de solicitar su registro a cualquier candidatura, consecuencia que han tomado como criterio los tribunales electorales en el caso de los señalados como violentadores de género desde 2018.