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laprimeraSe promoverá uso de empaques reutilizables, conforme a la iniciativa presentada por las diputadas Gabriela Pinedo y Susana Rodríguez

En la sesión del Poder Legislativo, de este martes 29 de septiembre, fue presentada la nueva Ley para el Control de la Contaminación derivada del uso de Productos Desechables en el Estado de Zacatecas que prohibirá la venta u obsequio de bolsas de plástico desechable para acarreo en puntos de venta de productos o servicios, así como para la entrega de los mismos a domicilio, en busca del uso de productos reutilizables, en cualquier establecimiento comercial ubicado en territorio estatal.

La iniciativa de esta nueva ley, fue presentada en tribuna por la diputada del Partido del Trabajo Gabriela E. Pinedo Morales y tiene como coautora a la diputada Susana Rodríguez Márquez del partido Verde Ecologista, quienes para su elaboración contaron con el respaldo integral del equipo de la Secretaría de Agua Medio y Ambiente de Zacatecas (SAMA), que lidera Luis Fernando Maldonado Moreno.

Señaló la diputada Pinedo que luego de casi dos años de foros, paneles, consultas y trabajo de gabinete, se dio cuerpo a la nueva ley que pretende responder al grave problema de contaminación que se registra por el exagerado uso de bolsas y empaques de origen plástico de un solo uso que dañan tanto a la flora, fauna, ríos, embalses acuíferos, terrenos de cultivo y agostadero, y en general al medio ambiente con daño directo a flora y fauna.

En el Artículo dos, esta iniciativa que ingresó a análisis y dictaminación, señala que su objetivo es garantizar disminución de la contaminación por residuos; promover la reducción del uso de productos desechables superfluos; que la disposición de los residuos reciclables se lleve a cabo sin poner en peligro la salud de las personas y del medio ambiente, mejorando la calidad de vida de la población; la transición paulatina al uso de productos reutilizables, en cualquier establecimiento comercial ubicado en territorio estatal e incentivar el reciclaje de los productos desechables que sean de difícil sustitución.

En el articulado se precisa la prohibición de la venta u obsequio de bolsas de plástico desechable para acarreo en puntos de venta de productos o servicios, así como para la entrega de los mismos a domicilio. También se prohíbe en todos los restaurantes o lugares de venta de alimentos el uso de popotes desechables, excepto cuando sean necesarios por cuestiones de salud. También el uso de bolsas como medio para impedir o evitar que se ensucien los recipientes empleados para el consumo de alimentos en establecimientos fijos, semifijos y móviles, entre otras de las medidas para evitar más dispersión innecesaria de plástico en el entorno.

Las sanciones que se proponen a quien no acate la nueva ley, van desde la amonestación por escrito con apercibimiento y remediación ambiental; multas económicas; clausura temporal o definitiva, sin demérito de las acciones penales que se deriven del desacato a la norma.

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