Partidos

magistradosNo procede impugnación de Movimiento Ciudadano; respalda decisiones tomadas por el IEEZ

En Sesión Pública Virtual, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas resolvió 4 Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano y 1 Recurso de Revisión vinculados con las resoluciones que emitió el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, respecto a la procedencia e improcedencia de las candidaturas por el principio de mayoría relativa y representación proporcional para integrar los Ayuntamientos del Estado de Zacatecas, así como Diputaciones Locales para el proceso electoral 2020-2021.

En primer lugar, se resolvió el expediente TRIJEZ-RR-18/2021 promovido por el partido político Movimiento Ciudadano en contra de la resolución RCG-IEEZ-018/VIII/2021, dictada por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas mediante la cual la autoridad responsable determinó desechar de plano las solicitudes de registro de candidaturas presentadas de manera extemporánea en la elección de Diputaciones y Ayuntamientos por los principios de mayoría relativa y representación proporcional, respectivamente.

Las Magistradas y Magistrados determinaron confirmar la resolución impugnada, en atención a que, contrario a lo que afirma el partido actor, en materia electoral la interposición de los medios de impugnación no suspende los efectos de los actos combatidos, por lo tanto, aún y cuando existieran juicios pendientes de resolver fue correcto el actuar de la autoridad responsable.

Por otro lado, las Magistradas y Magistrados del TRIJEZ resolvieron el expediente TRIJEZ-JDC-055/2021 promovido por Efraín Arteaga Domínguez en contra de la resolución RCG-IEEZ-VIII/014/2021, emitida por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas mediante la cual se declaró la improcedencia del registro de diversos candidatos, entre ellos, el registro del actor.

A su vez, se resolvieron los expedientes TRIJEZ-JDC-053/2021 y su acumulado TRIJEZ-JDC-054/2021 promovidos por Felipe Ríos Martínez Y Renato Rodríguez Domínguez en contra de la resolución RCG-IEEZ-016/VIII/2021 emitida por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas a través de la cual se declaró la improcedencia de las solicitudes de registro de los actores a candidatos a Presidentes Municipales, para integrar los Ayuntamientos de Cañitas de Felipe Pescador y Guadalupe, Zacatecas.

Al respecto el Tribunal determinó que, en los expedientes mencionados, la autoridad electoral responsable actuó conforme a derecho, al negar el registro de los actores en virtud de que, quien los solicitó no contaba con facultades para ello, por lo anterior se confirmaron las resoluciones impugnadas.

Finalmente, se resolvió el expediente TRIJEZ-JDC-040/2021 promovido por diversos ciudadanos en contra del acuerdo por el que se verifican los requerimientos formulados para dar cumplimiento a la observancia de paridad de género, alternancia, cuota joven y acciones afirmativas de las candidaturas presentadas por partidos políticos para la integración del Ayuntamiento de Villa González Ortega.

Al respecto, el Pleno del TRIJEZ determinó confirmar el acuerdo impugnado, al considerar que las modificaciones en las planillas del Ayuntamiento dieron cumplimiento con la paridad horizontal, por tanto no se afectaron los derechos político electorales del actor.

e-max.it: your social media marketing partner