Zacatecas. Participaron magistrados y jueces federales y estatales; se incluyó el Juicio de Amparo
En la Casa de la Cultura Jurídica, Ministro Roque Estrada Reynoso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistrados y jueces federales así como estatales efectuaron el conversatorio “Juicio de Amparo y Nuevo Sistema de Justicia Penal”.
El propósito es generar un especio de reflexión entre los operadores jurisdiccionales estatales y federales, que permita el diálogo y consecuente intercambio de opiniones sobre temas que conllevan cierta problemática en la interacción del Juicio de Amparo y del Nuevo Sistema de Justicia Penal tanto en el ámbito federal como en el estatal.
La actividad tiene una gran relevancia, pues dentro de los diferentes retos que enfrenta la implementación del nuevo Sistema de Justicia Penal se encuentra su armónica e integral relación con el juicio de amparo, ya que los criterios surgidos impactarán en su funcionamiento y operatividad.
Al dar la bienvenida, el magistrado Armando Ávalos Arellano, presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas (TSJEZ), señaló que los temas programados dentro del conversatorio permitirán intercambiar puntos de vista y pareceres derivados de la experiencia que cada participante ha logrado en su labor jurisdiccional.
“Estoy seguro que las conclusiones que se deriven de esta actividad va a redundar en provecho de nuestras tareas diarias”, dijo.
Por su parte, Óscar Mauricio Maicott Morales, coordinador de Jueces y Magistrados del Poder Judicial de la Federación en representación del Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, Luis María Aguilar Morales, convocó a realizar el mejor trabajo posible a efecto de contar con las bases para los próximos conversatorios que se programen.
Se discutieron temas como; Escritura y motivación de las resoluciones judiciales en el Nuevo Sistema Penal Acusatorio, alcances del recurso de apelación contra sentencias, respecto de la valoración de pruebas, en contraste con el derecho a un recurso pleno previsto en el artículo 8.2h. de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
El amparo indirecto contra el auto de vinculación a proceso, efectos de la suspensión, análisis de los datos de prueba a considerar para establecer que se ha cometido un hecho que la ley señala como delito y que existe la probabilidad de qué imputado lo cometió o participó en su comisión.
Además, el principio de inmediación en la audiencia inicial, en el supuesto de que el imputado se acoja al plazo constitucional o solicite la duplicidad del mismo, y la formulación de imputación y vinculación a proceso se desahoguen ante jueces de control distintos.
El procedimiento abreviado, forma en que debe proceder el Juez de Control para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 201, fracción III, del Código Nacional de Procedimientos Penales, correspondientes al imputado, ¿El Ministerio Público tiene la carga de probar la existencia del delito y la responsabilidad del acusado? ¿Es procedente la absolución?
Y la interacción del principio de contradicción que rige en el Nuevo Sistema Penal Acusatorio y la institución de la suplencia de la queja en el juicio de amparo.