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Las pruebas, insuficientes para relacionarla con hechos sucedidos en Fresnillo en 2017

Después de agotar y considerar todo el cúmulo de pruebas dentro de la causa penal 289/2017, instruida en contra de Ma. Elvia N, acusada de homicidio calificado, hechos sucedidos el 25 de agosto de 2017 en la carretera Fresnillo–Valparaíso, el Tribunal de Enjuiciamiento dictó fallo absolutorio. Los jueces consideraron que los testimonios ofrecidos sí probaron que existieron los hechos, más no la plena responsabilidad de la acusada en los mismos.

Cabe señalar que la acusada fue vinculada a proceso el 20 de diciembre de 2017, cuando el  Juez de Control competente estimó, que existían datos suficientes sobre su participación en los hechos.

Durante el Juicio, el principal testigo de la Fiscalía, hizo uso de su derecho contemplado en el artículo 361 del Código Nacional de Procedimientos Penales, absteniéndose de declarar pese a que en la etapa de investigación hizo manifestaciones sobre la participación de la acusada.  Lo que llevó a que, el Tribunal valorará dicha prueba como indiciaria más no con valor pleno.

El Tribunal, además estimó que no se cuenta hasta el momento con prueba alguna que establezca una conexión o relación entre los autores materiales del hecho y la acusada Ma. Elvia N.

No obstante todo lo anterior, se han realizado arduas investigaciones para lograr la identificación de los autores materiales, pues los testigos presenciales no aportan datos o características suficientes que permitan establecer una línea de investigación; así como tampoco, la coincidencia con algún otro evento del arma utilizada para la identidad de los probables responsables materiales.

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