Zacatecas. Declaró válido el procedimiento de renovación del padrón electoral, fallo en contra de Osvaldo Contreras Vázquez
En Sesión Pública, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez) resolvió un Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano.
La Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional (PAN) fue exhaustiva al estudiar todos los planteamientos realizados por el actor, y además, la resolución impugnada se encuentra fundada y motivada.
Se trató del expediente identificado con la clave Trijez DC-018/2017 promovido por Osvaldo Contreras Vázquez, en su calidad de militante del Partido Acción Nacional (PAN) en contra de la decisión de la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN de declarar infundados sus agravios en contra de la aprobación del programa de actualización del padrón de militantes en Zacatecas.
El actor señaló en su escrito, entre otras cosas, que el Comité Nacional del PAN estableció una serie de restricciones que inciden de forma directa en el derecho a tener un padrón de militantes verificado, revisado, actualizado y confiable en Zacatecas, excediéndose en el ejercicio de sus facultades, y que al declarar infundados sus agravios la Comisión Responsable no fue exhaustiva, en ese sentido manifestó que la resolución impugnada carecía de fundamentación y motivación, por lo que vio afectados sus derechos político electorales.
Al respecto, cuatro de los cinco magistrados integrantes del Trijez determinaron que, contrario a lo señalado por el actor, la Comisión Responsable si realizó el estudio de todos los planteamientos que le fueron expresados por el actor, además de haber fundado y motivado de forma adecuada su determinación.
Por su parte, la magistrada Hilda Lorena Anaya consideró que no compartía el criterio de la mayoría porque, en su opinión, el juicio debía desecharse por ser extemporáneo.
Por lo anterior, los magistrados confirmaron la resolución impugnada por mayoría de votos.