Gobierno

trijezUniversitarias, inconformes por no acceso a los órganos en condiciones paritarias; el Tribunal se declaró incompetente pues los actos señalados no se relacional con la presunta violación

En Sesión Pública virtual, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas desechó de plano el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano identificado con el número de expediente TRIJEZ-JDC-003/2021, promovido por Verónica Aguilar Vázquez, María Glafira Sandoval Benavides e Itzel Vanessa Ramírez Gallegos en contra de la emisión de la Convocatoria para la celebración del proceso ordinario de elecciones de la Universidad Autónoma de Zacatecas (UAZ) y el acuerdo que califica los registros para ese proceso.

Las actoras manifestaron en su escrito de demanda, que los actos reclamados vulneran el derecho de mujeres universitarias al acceso de los órganos en condiciones paritarias, en violación al principio constitucional de paridad.

Al respecto, las magistradas y magistrados señalaron que, en el caso concreto, los actos impugnados no se encontraban relacionados con una elección que trae aparejada un derecho político de votar y que con ello, conlleve a delegar en alguna medida el ejercicio de la soberanía popular, ya que las violaciones impugnadas tienen relación con un procedimiento de elección interna que está acotado de modo muy específico al ámbito universitario.

Debido a ello, el Pleno determinó que el Tribunal es materialmente incompetente para conocer de dicho juicio, pues los actos impugnados no se relacionaban con la violación a algún derecho político electoral, además, el ámbito de protección en la materia electoral se circunscribe a la facultad de intervenir en los asuntos políticos, por lo que queda fuera del mismo la participación no política.

En ese sentido, se desechó de plano la demanda. 

e-max.it: your social media marketing partner