El interesado, un servidor público, se quejó porque su nombre no fue omitido de dos expedientes pese a su petición
En sesión ordinaria, el Pleno dio cuenta de una resolución de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas, que determinó sobreseer un amparo tras considerar que el Instituto Zacatecano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IZAI) ha actuado en respeto a los derechos humanos de los servidores públicos.
Así lo informó el comisionado Samuel Montoya Álvarez, quien destacó que toda institución y todo servidor público tiene la obligación de respetar los derechos humanos, por lo que la queja contra el Instituto se atendió puntualmente.
Explicó que un servidor público se quejó por la presunta violación a sus derechos humanos, luego de que solicitara eliminar su nombre de dos expedientes concluidos de solicitudes de información pública referentes a derechos de autor de los trabajos de tesis de un instituto tecnológico regional del estado.
“Las y los servidores públicos estamos expuestos a que datos como nuestro nombre, funciones y sueldo sean públicos, ya que nuestro salario proviene del erario y nuestras funciones están sujetas al escrutinio de la sociedad” puntualizó Montoya Álvarez.
La comisionada Nubia Barrios Escamilla resaltó que, desde un inicio, el IZAI admitió el recurso de revisión por tratarse de un docente investigador, es decir, un funcionario cuyas atribuciones son de carácter público.
Por su parte, la comisionada presidenta Fabiola Torres Rodríguez señaló que la información pública pertenece a los ciudadanos, y el IZAI es garante de que esta se encuentre a su alcance.
“No podemos manipular la información que existe en la Plataforma Nacional de Transparencia, es parte de la transparencia que exige una ciudadanía atenta, siempre somos muy cuidadosos de no vulnerar ningún derecho humano, sino de respaldarlos” resaltó.
Durante la sesión, también se informó la determinación de un juez de distrito de dejar sin efecto un amparo contra el IZAI por el anterior titular del Instituto de Cultura Física y Deporte (INCUFIDEZ), quien omitió responder una solicitud de información pública sobre la Liga Estatal de Raquetbol.
Los comisionados explicaron que el amparo fue interpuesto aduciendo que el recurso de revisión fue resuelto fuera de tiempo de manera injustificada. Sin embargo, se logró comprobar que el Pleno no se encontraba completamente integrado debido a la designación pendiente de un comisionado, no obstante, en cuanto se completó el Colegiado el asunto fue resuelto.
Por lo anterior, y luego de considerar que no hubo irregularidad en la resolución del IZAI, el juez de distrito determinó dejar sin efecto el asunto.