Zacatecas. El Tribunal de Justicia Electoral del estado declaró improcedente el recurso, así como juicios contra el CDE del PAN
En Sesión Pública, las y los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (TRIJEZ), desecharon un juicio ciudadano (TEZ-JDC-6/2015) que controvertía el Reglamento de Candidaturas Independientes, porque a consideración del actor, las limitaciones ahí impuestas a los aspirantes de una candidatura independiente vulneran su derecho a ser votado.
Al respecto, las y los magistrados señalaron que, para que haya una afectación al derecho de ser votado al actor, debe previamente haber obtenido la calidad de aspirante a candidato independiente (lo cual no sucedió así), lo cual le permitiría cuestionar las prohibiciones ahí señaladas.
En la misma sesión, se desecharon los juicios ciudadanos TEZ-JDC-7/2015 al TEZ-JDC-55/2015, presentados en contra de la omisión en la emisión de la convocatoria para la renovación del Comité Directivo Estatal (CDE) del Partido Acción Nacional (PAN).
Lo anterior fue así, porque se determinó que el juicio quedó sin materia, al emitirse un nuevo acto, que consistió en la decisión de la Comisión Permanente del Consejo Nacional del PAN, de posponer la convocatoria hasta la conclusión del proceso electoral local y en un máximo de tres meses posteriores.
Finalmente, la determinación del órgano nacional, que fue impugnada a través de los juicios TEZ-JDC-56/2015 al TEZ-JDC-58/2015, fue confirmada, en virtud de que la previsión de suspender la convocatoria de manera temporal, está prevista en los estatutos del partido para garantizar que los militantes del partido se enfoquen en las actividades propias del proceso electoral en curso.