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TEPJFEugenia Hernández los acusó de apoyar a un candidato de otro partido político en proceso 2015-2016

El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez), en sesión pública, resolvió ocho juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, promovidos por Eugenia Hernández Reyes en su calidad de militante del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra de la Comisión Nacional Jurisdiccional de ese partido.

Por una parte, seis de estos medios de impugnación fueron promovidos en contra de la omisión de la mencionada Comisión Nacional Jurisdiccional de dictar resolución respecto de las quejas contra persona que la actora inició solicitando la expulsión de diversos militantes del PRD, por apoyar a un candidato distinto al de su partido, en el proceso electoral 2015-2016.

Al respecto, el Trijez determinó desechar de plano cuatro de las impugnaciones, ya que la omisión reclamada fue superada debido a que la Comisión Nacional Jurisdiccional del PRD ya emitió las resoluciones.

Sin embargo, los magistrados determinaron que, respecto a las quejas contra persona promovidas en contra de Felipe de Jesús Rivera Rodríguez e Ignacio Fraire, la Comisión Jurisdiccional sí fue omisa al no emitir las resoluciones dentro del plazo señalado por su normativa interna, por lo que le ordenaron dictar las resoluciones correspondientes.

Por otra parte, los dos restantes juicios ciudadanos se promovieron  en contra de las resoluciones  emitidas por la Comisión Nacional Jurisdiccional del PRD, en las que declaró improcedentes las quejas promovidas por  Eugenia Hernández Reyes en contra de Carlos García y Sergio Flores.

La actora señalaba en sus escritos, que la Comisión Nacional Jurisdiccional del PRD, al resolver, no hizo un estudio minucioso de las pruebas que presentó para demostrar que los ciudadanos denunciados; siendo militantes del PRD, apoyaron a un candidato distinto al de su partido en el proceso electoral 2015-2016.

Al respecto, los magistrados determinaron revocar las resoluciones al quedar acreditado, como lo señalaron las actoras, que la autoridad responsable violentó las formalidades esenciales del proceso al omitir valorar pruebas aportadas por la actora.

Por lo anterior,  el Trijez ordenó a la Comisión Nacional Jurisdiccional del PRD, dicte nuevas resoluciones, debiendo efectuar el estudio y valoración de la totalidad de las pruebas.

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