Ratifican en parte las sanciones impuestas por el INE al encontrar anomalías en informes financieros
La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), resolvió el recurso de apelación interpuesto por el Partido Revolucionario Institucional para controvertir la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, en la que le impuso diversas sanciones económicas como consecuencia de las irregularidades encontradas en sus informes anuales de ingresos y gastos correspondientes al año 2016, en el Estado de Zacatecas.
El Pleno de la Sala Regional, por una parte, confirmó diversas multas en las que consideró que el INE sancionó adecuadamente al instituto político al haber incurrido en irregularidades que dificultaron la fiscalización y rendición de cuentas de los recursos públicos que se le otorgaron; sin embargo, también concluyó que algunas sanciones resultaban contrarias a derecho, como lo fueron las multas que se le impusieron al partido político por rebasar el límite anual de aportaciones de militantes, así como aquellos gastos relacionados con eventos de tomas de protesta.
En la sentencia se estimó que el INE indebidamente contabilizó las aportaciones de personas que no son militantes, para determinar el rebase; y que no analizó de forma exhaustiva los gastos de toma de protesta de candidatos, dado que los gastos no correspondían al periodo de precampaña como argumentó la autoridad administrativa, por lo que se ordenó al Instituto Electoral que emitiera una nueva resolución, descontará las aportaciones que no fueron realizadas por militantes, así como los gastos por eventos de toma de protesta y con esa reducción determinara si seguía existiendo el presunto rebase.
En otros asuntos, este órgano de decisión ordenó al Instituto Nacional Electoral emitir nuevas resoluciones en las que las sanciones impuestas a varios partidos políticos con motivo de las irregularidades encontradas en sus informes anuales de ingresos y gastos ordinarios, se realicen sobre la base de la Unidad de Medida y Actualización vigente en la Ciudad de México, al momento de la comisión de la infracción y no la vigente en 2017 al momento de emitirse la resolución sancionadora.
Durante la sesión pública, este órgano de decisión resolvió 3 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, 1 juicio de revisión constitucional electoral y 13 recursos de apelación.