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Zacatecas. Las campañas de los candidatos empezarán el 29 de abril entrante, informó el IEEZ

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ), en sesión especial Permanente, aprobó las solicitudes de registro de las planillas y listas de candidaturas para integrar los 58 ayuntamientos de la entidad. Los candidatos de los partidos políticos y coaliciones iniciarán sus campañas el 29 de abril de 2018.

En este caso, se aprobó la procedencia del registro de las planillas por el principio de mayoría relativa para integrar los Ayuntamientos, presentadas supletoriamente ante el Consejo General del Instituto Electoral, por parte de las Coaliciones “Por Zacatecas al Frente“ y “Juntos Haremos Historia”, así como por los partidos políticos: Revolucionario Institucional, del Trabajo, Verde Ecologista de México, Nueva Alianza, Morena, PAZ para Desarrollar Zacatecas, Movimiento Dignidad Zacatecas y Partido del Pueblo, respectivamente, para participar en el proceso electoral local 2017-2018.

Sin embargo, la coalición “Juntos Haremos Historia”, y los partidos políticos: Verde Ecologista de México, Nueva Alianza, Paz para Desarrollar Zacatecas y Partido del Pueblo, deberán rectificar las solicitudes de registro de candidaturas que sean necesarias para dar cumplimiento al criterio de paridad horizontal, con apego a la alternancia y a la cuota joven, en un plazo de 48 horas.

Además, la Coalición Juntos Haremos Historia y los partidos políticos: Paz para Desarrollar Zacatecas, Movimiento Dignidad Zacatecas y Partido del Pueblo, deberán rectificar la solicitud de registro de candidaturas de los Ayuntamientos en el plazo de 48 horas, a efecto de cumplir con los criterios de paridad y alternancia.

También, la Coalición por Zacatecas al Frente, Coalición Juntos Haremos Historia, Partido Revolucionario Institucional, Partido Verde Ecologista de México, Nueva Alianza, Paz para Desarrollar Zacatecas, Movimiento Dignidad y Partido del Pueblo, deberán rectificar las solicitudes de registro de candidaturas en el plazo de 48 horas, a efecto de cumplir con la cuota joven.

El Consejo General hizo un requerimiento al Partido Verde Ecologista de México para que realice las sustituciones del C. Osvaldo Valadez Cortés, al cargo de Presidente Propietario en la planilla de mayoría relativa para el Ayuntamiento de Apozol y para el cargo de Regidor 1 Propietario en la lista de representación proporcional.

Esto es porque el Consejo General determinó que no es procedente su registro, toda vez que Valadez Cortés desempeñó el cargo como Presidente Municipal de Apozol en el periodo 2016-2018, postulado por la otrora Coalición “Unid@s por Zacatecas”, conformada por los partidos políticos: Acción Nacional y de la Revolución Democrática,  y no acreditó haber renunciado o perdido su militancia a alguno de los partidos políticos integrantes de la coalición antes de la mitad de su mandato, para poder ser postulado por un partido distinto al que lo postuló en el proceso electoral anterior.

Por otra parte, el Consejo General aprobó la procedencia del registro de las listas de regidores por el principio de representación proporcional para integrar los Ayuntamientos de los 58 Municipios del Estado, presentadas ante el Consejo General del Instituto Electoral por parte de los partidos políticos: Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza, Morena, Encuentro Social, Paz para Desarrollar Zacatecas, Movimiento Dignidad Zacatecas y Partido del Pueblo.

Sin embargo, los partidos políticos: Morena, Paz para Desarrollar Zacatecas y Movimiento Dignidad Zacatecas, deberán rectificar las solicitudes de registro de candidaturas en el plazo de 48 horas contadas a partir de la notificación de la presente resolución, a efecto de cumplir con los criterios de paridad y alternancia.

Los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de México, Nueva Alianza, Morena, Encuentro Social y Partido del Pueblo, deberán rectificar las solicitudes de registro de candidaturas en el plazo de 48 horas, a efecto de cumplir con la cuota joven.

Al Partido Nueva Alianza se le requiere para que realice la sustitución del C. Juan Carlos Gómez Alcaraz, como Regidor 1 Propietario en la lista de regidores por el principio de representación proporcional para integrar el Ayuntamiento de Juchipila,  al declararse improcedente su registro por no acreditó haber renunciado o perdido su militancia, antes de la mitad de su mandato, a alguno de los partidos políticos integrantes de la otrora Coalición “Unid@s por Zacatecas”, conformada por los partidos políticos: Acción Nacional y de la Revolución Democrática.

Al Partido Movimiento Dignidad Zacatecas se le requiere para que realice la sustitución del C. Rogelio Araujo Araujo, como Regidor 1 Propietario en la lista de regidores por el principio de representación proporcional para integrar el Ayuntamiento de Villa Hidalgo, al declararse improcedente su registro por no acreditó haber renunciado o perdido su militancia al partido Morena antes de la mitad de su mandato.

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