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Zacatecas. Cada seis años, después de la elección presidencial, inicia el proceso 

La Delegación en Zacatecas del Instituto Nacional Electoral informa que se encuentra lista para atender las asambleas que eventualmente realicen en la entidad las organizaciones que pretenden constituirse como partidos políticos con registro nacional.

De acuerdo al artículo 10 de la Ley General de Partidos Políticos, la organización de ciudadanos que pretenda constituirse en partido político para obtener su registro ante el Instituto, deberá informar tal propósito en el mes de enero del año siguiente al de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

Fueron 106 las organizaciones que presentaron solicitud formal, de las cuales 14 resultaron no procedentes, cinco desistieron y 87 continúan en búsqueda de su registro.

Los procedimientos implican que, a lo largo de un año, las organizaciones deberán afiliar a más de 233 mil 945 mexicanas y mexicanos y celebrar, al menos, 20 asambleas estatales con 3 mil afiliados o 200 asambleas distritales con 300 afiliados antes de la Asamblea Nacional Constitutiva.

Al momento, las organizaciones se encuentran en el proceso de recabar apoyos y celebrar asambleas, en las cuales también deberán reunir cierto número de apoyos.

¿Qué sucede en las asambleas?

1.    Una vez alcanzado el quórum legal inicia la asamblea en la que las y los afiliados deberán aprobar los documentos básicos del partido en formación.

2.    Las decisiones que se tomen en una asamblea serán válidas con los votos del 50% + 1 de los afiliados asistentes.

3.    En las asambleas estatales o distritales se elegirán también a las y los delegados que deberán asistir a la asamblea nacional constitutiva donde se aprobarán de manera definitiva los documentos básicos y se presentarán las listas de afiliaciones en el país.

El INE como autoridad encargada de asegurar y garantizar a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos políticos electorales, certifica que la celebración de las asambleas de ciudadanos interesados en obtener su registro como partido político nacional, se desarrollen conforme a la Constitución y las Leyes reglamentarias.

El Instituto verificará que no exista intervención de organizaciones gremiales o de otras con objeto social diferente al de constituir un partido político; de igual manera constatará que no exista afiliación corporativa.

Para las afiliaciones que se realicen de manera libre y fuera de las asambleas, las organizaciones utilizarán una aplicación móvil (App) diseñada por el INE para agilizar el proceso de manera confiable y brindar a la ciudadanía certeza sobre la autenticidad de las adhesiones y del manejo de datos personales.

Otro requisito importante que tienen las organizaciones, es entregar al Instituto, un informe mensual con el origen y destino de los recursos económicos que manejen.

Antes del 31 de enero de 2020 las organizaciones que hayan alcanzado las afiliaciones requeridas —y cumplido con todos los requisitos— podrán solicitar su registro como partido político nacional.

Después de la verificación y estudio que lleve a cabo el INE en cada caso, se resolverá si procede o no el registro.

El registro de los nuevos partidos políticos nacionales será efectivo a partir del 1° de julio de 2020.

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