Zacatecas. Valida que puede ser candidata, en contra de acuerdo de la Comisión Jurisdiccional del PAN
El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas revocó el Acuerdo de la Comisión Jurisdiccional Electoral del Partido Acción Nacional (PAN), que declaró la inelegibilidad de Lorena Esperanza Oropeza Muñoz como candidata a diputada local por el principio de representación proporcional (RP) de dicho partido.
Al resolver el juicio ciudadano 133/2016 y acumulado, el TJEEZ revocó la determinación de la Comisión Jurisdiccional, que indebidamente había declarado que Lorena Oropeza era inelegible al no haberse separado del cargo de secretaria general del comité directivo estatal antes del inicio del proceso electoral local.
Los magistrados determinaron que, contrario a lo resuelto por la comisión partidista, de la interpretación sistemática del artículo 83 de los Estatutos Generales del PAN, con diversos artículos de la Ley Electoral y de la reglamentación partidista, permite concluir que dicha ciudadana se separó de su cargo partidistas antes del inicio legal del proceso electoral correspondiente, que en el caso fue el proceso de invitación realizado por el Comité Directivo Estatal para elegir las dos primera fórmulas de la lista plurinominal de ese partido.
Así, el Tribunal concluyó que dicha ciudadana sí puede ser postulada como candidata panista en la lista plurinominal respectiva.